Paraná, 17 de diciembre de 2019.- En el día de hoy fue dado a conocer un Rescripto del Santo Padre con el cual se promulga la Instrucción Sobre la confidencialidad de las causas.

Este rescripto establece que los delitos de abuso de menores o personas vulnerables, así como de interferencia o elusión de investigaciones civiles o canónicas contra un clérigo o religioso acusado de esos delitos dejan de estar sujetos al secreto pontificio. La referencia aquí es al art. 1 del Motu Proprio Vos estis lux mundi (7 de mayo de 2019), donde se tipifican estos delitos de manera minuciosa.Como afirma el mismo Rescripto, la autoridad eclesiástica tiene, de todas maneras, que garantizar el tratamiento de la información de modo que garantice su seguridad, integridad y confidencialidad a fin de proteger la reputación, imagen y privacidad de todos los involucrados. En tercer lugar, se deja asentado que el secreto de oficio no debe ser un obstáculo para el cumplimiento de las obligaciones impuestas por la legislación de cada Estado.

Las nuevas disposiciones no afectan en absoluto el sigilo sacramental (secreto de confesión), ni las disposiciones aprobadas por los concordatos vigentes con las naciones. Tampoco significan que los documentos de los procesos sean de dominio y divulgación pública, sino que se limita a remover posibles obstáculos para la colaboración de la Iglesia con las autoridades estatales en cada caso.

Los textos hoy presentados son acompañados por comentarios del Director editorial de la Oficina de Prensa de la Santa Sede, Andrea Tornielli; el Secretario del Pontificio Consejo para los Textos Legislativos, S.E. Mons. Juan Ignacio Arrieta; el ex Presidente del Tribunal del Estado de la Ciudad del Vaticano, Prof. Giuseppe Dalla Torre y el Secretario Adjunto de la Congregación para la Doctrina de la Fe, S.E. Mons. Charles Scicluna.

El texto del documento puede descargarse desde aquí: Instrucción sobre la confidencialidad de las causas – Diciembre 2019